Sentencia contra el banco Santander en un caso de phishing

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Banco Santander fue condenado recientemente a devolver 18.500 euros sustraídos a uno de sus clientes por una estafa desde Lituania por un caso de Phishing. Como vemos en la noticia del diario El Mundo, además de la devolución de dicha cantidad, la sentencia obliga al banco a hacerse cargo de las costas de un proceso judicial iniciado por los abogados especializados en phishing de Sello Legal.

El phishing es un tipo de estafa muy común diseñada para extorsionar dinero de tu cuenta bancaria, tarjeta de crédito o cualquier producto bancario. En este caso, un cliente de Sello Legal recibió un SMS de alguien que decía ser su banco.

El SMS anteriormente mencionado le alertó sobre un grave problema de seguridad que tuvo que resolver al hacer clic en un enlace. Después de hacer clic, encontró un sitio web similar al del Banco Santander, donde el cliente (estafado) ingresó su identificador y contraseña bancaria para verificar que todo estuviese correcto.

Al día siguiente, el cliente del banco encontró dos registros entre sus movimientos. En total, le estafaron unos 18.500 euros desde una cuenta situada en Lituania. El Phisher usó la información que el cliente había puesto para iniciar sesión (del SMS que recibió) para poder suplantar su identidad.

Iñigo Serrano, socio de Sello Legal, señala que la sentencia es importante porque, según Europa Press, por primera vez la responsabilidad de una entidad bancaria condena al banco y no a un defraudador extranjero.

Se trata de una demanda en base a la Ley de Servicios de Pago, con el fin de recuperar el dinero estafado. Cuando el cliente estafado contacto con la entidad para poder ser cubierto ante este fraude únicamente obtuvo largas por parte de la entidad. Por este motivo se planteó la demanda que ahora ha sido resulta a favor del cliente.

Esta ley establece que si existe una sustracción de fondos a través de una orden de pago que no ha sido debidamente autorizada es el banco el responsable de llevar a cabo el reintegro del dinero.

Como todo, esto es así salvo que la entidad bancaria pueda justificar que ha habido una negligencia explícita por parte del cliente, en este caso no se haría responsable. En este caso, el banco no pudo demostrar que el cliente actuase de forma negligente y por lo tanto la sentencia fue clara, reconociendo la responsabilidad a la entidad bancaria.

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Carlos

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